Eficacia de las normas jurídicas sanitarias.
Las normas jurídicas, por su propia esencia, son reglas de conducta que pretenden una eficacia social organizadora, tratan por ello de enlazar a un supuesto de hecho determinado una determinada consecuencia jurídica; es decir, toda norma jurídica tiene unos efectos que son expresión de su eficacia.
Los efectos esenciales y, por tanto, su eficacia jurídica la podemos concretar en:
- a) Eficacia obligatoria.
- Uno de los efectos esenciales de las normas es el de generar, en aquellos a quienes va dirigida, el deber jurídico de su cumplimiento, deber que obliga a los destinatarios a ajustar a las normas su comportamiento. Esta obligación es independiente de que las normas sean realmente conocidas, por eso el Código Civil establece al respecto que no resulta excusa para no cumplirlas ni la ignorancia ni el error. Inescusabilidad que, en el caso de los funcionarios públicos, se convierte en un deber especial desarrollado en el Derecho Administrativo y al que haremos referencia al tratar la responsabilidad administrativa de los profesionales sanitarios.
- b) Eficacia sancionadora.
- Si el deber impuesto por la norma no se cumple se desencadenan una serie de consecuencias, conocidas con el nombre general de “sanción”. Mediante la sanción se trata de reprobar la conducta antijurídica y de condenar al autor de la misma.